Voto, Tribunales Colegiados de Circuito

JuezMagistrado José Alfredo Gutiérrez Barba
Número de registro40340
Fecha01 Abril 2010
Fecha de publicación01 Abril 2010
Número de resolución307/2009
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXXI, Abril de 2010, 2791

Voto particular del Magistrado J.A.G.B., quien lo hizo en los siguientes términos: Me permito disentir del voto mayoritario, pues a mi juicio, en el presente asunto no se surte la hipótesis prevista por el último párrafo del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, por los motivos que se exponen a continuación: El artículo en cita, en la parte que interesa, dispone: "Artículo 83. Al que sin el permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, se le sancionará: ... .-‘Cuando tres o más personas, integrantes de un grupo, porten armas de las comprendidas en la fracción III del presente artículo, la pena correspondiente a cada una de ellas se aumentará al doble.’.-Por su parte, de los autos que informan el juicio de amparo que nos ocupa, se advierte que los hechos considerados como delito, emanan de la portación de una sola arma de fuego, de las referidas en la fracción III, del citado precepto legal, en la que si bien estuvo dentro del radio de acción y disponibilidad...

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