Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 1 de Enero de 2008 (Tesis num. XXIII.1o. J/22 de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 01-01-2008 (Reiteración))

Número de registro170452
Número de resoluciónXXIII.1o. J/22
Fecha de publicación01 Enero 2008
Fecha01 Enero 2008
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Derecho Fiscal,Derecho Procesal,Penal

Las facturas o recibos de honorarios son documentos que amparan la enajenación de bienes o la prestación de servicios y sirven como medios de control del cumplimiento de las obligaciones fiscales; de ahí que cuando tales documentos cumplan con los requisitos que exigen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación para su expedición, resulta innecesaria la ratificación por parte de sus autores para que alcancen fuerza probatoria suficiente en el procedimiento penal para efectos de cuantificar el monto de la reparación del daño, pues la satisfacción de los requisitos fiscales que deben incorporarse a ellos, asegura la certeza de su autenticidad y del acto que contienen, mientras no se pruebe lo contrario.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

PRECEDENTES:

Amparo directo 47/2007. 30 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: G.A.H.S.. Secretario: A.N.C..

Amparo directo 160/2007. 13 de abril de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: J.B.B.M.. Secretaria: R.M.A..

Amparo directo 220/2007. 17 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: G.A.H.S.. Secretario: F.U.O..

Amparo directo 53/2007. 12 de julio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: J.R.C.R., secretario de tribunal autorizado por la...

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