Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2004 (Tesis num. XXI.4o.12 P de Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 01-09-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.4o.12 P
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Número de registro180493
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Penal

De la interpretación sistemática de los artículos 46 y 158 de la Ley de Amparo, se infiere que el juicio de amparo directo es competencia del Tribunal Colegiado que corresponda y procede contra sentencias definitivas dictadas por tribunales judiciales respecto de los cuales no proceda recurso ordinario por el que puedan ser modificadas o revocadas; y que se entenderán por sentencias definitivas las que decidan el juicio en lo principal respecto de las cuales las leyes comunes no concedan recurso ordinario por virtud del cual puedan ser modificadas o revocadas. Ahora bien, si la resolución que se combate deja firme la condena en cuanto a la pena privativa de libertad del reo y únicamente modifica la sentencia de primera instancia en lo que se refiere al pago de la reparación del daño, dejando a salvo los...

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