Tesis, Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 1 de Junio de 1988 (Tesis num. XIV.1 de Tribunal Colegiado del Decimo Cuarto Circuito, 01-06-1988 (Reiteración))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro232004
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si durante el tiempo en que el actor se encontraba incapacitado por haber sufrido un riesgo de trabajo, se suscitaron diversos aumentos salariales y la empresa patronal oportunamente se lo notificó al Instituto Mexicano del Seguro Social, subrogatorio de aquélla, y éste al dictaminar el grado de la incapacidad sufrida, no tomó en consideración dichos incrementos para computar la indemnización correspondiente tal y como lo establece el artículo 41 de la Ley del Seguro Social, es evidente que la institución de seguridad social debe pagar al trabajador la diferencia existente entre el salario base que se tomó en cuenta y los incrementos ocurridos con posterioridad a la fecha del accidente.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 145/86. Instituto Mexicano del Seguro Social. 10 de septiembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR