Tesis, , 1 de Agosto de 2001 (Tesis num. XIV.1o. J/5 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 01-08-2001 (Reiteración))

Número de registro189063
Número de resoluciónXIV.1o. J/5
Fecha de publicación01 Agosto 2001
Fecha01 Agosto 2001
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Una recta interpretación del artículo 644-B del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Q.R., cuyo texto es como sigue: "Procederá el juicio hipotecario, si éste fue constituido en los términos de los artículos 3096, 3097, 3098, 3099, 3108 y demás relativos del Código Civil para el Estado, y además cuando: I. El documento base de la acción tenga el carácter de título ejecutivo. II. El bien se encuentre inscrito a favor del demandado. III. No exista embargo o gravamen en favor de tercero, inscrito cuando menos noventa días anteriores a la de la presentación de la demanda.", conlleva a sostener con certeza que la locución "y además cuando" que sigue inmediatamente después de una primera hipótesis de procedencia del juicio hipotecario que por cierto deriva del artículo 644-A del invocado ordenamiento adjetivo, y que consiste en que el crédito hipotecario se otorgue en los términos de los artículos 3096, 3097, 3098, 3099 y 3108 del Código Civil de la citada entidad federativa y que sea de plazo cumplido, denota invariablemente que la segunda parte del texto en comento, es decir, la que se refiere al cumplimiento de las tres exigencias aludidas, en realidad constituye una hipótesis distinta de la mencionada inicialmente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.

PRECEDENTES:

Amparo directo 680/2000. Banca S., S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 6 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: G.A.A.Q.. Secretario: G.E.A..

Amparo directo 681/2000. Banca S., S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 26 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: P.J.H.M.. Secretaria: R.M.T.T..

Amparo directo 620/2000. Banca S., S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 30 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: R.Q.M., secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: J.M.C..

Amparo directo 743/2000. Banca S., S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 6 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: P.J.H.M.. Secretario: J.S.C..

Amparo directo 752/2000. Banca S., S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 6 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: P.J.H.M.. Secretaria: M.E.V.S..

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