Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Febrero de 2008 (Tesis num. XI.2o. J/34 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 01-02-2008 (Reiteración))

Número de registro170407
Número de resoluciónXI.2o. J/34
Fecha de publicación01 Febrero 2008
Fecha01 Febrero 2008
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Civil

En la generalidad de los juicios que versan sobre pago de alimentos se encuentran comprometidos derechos de menores o incapaces, por lo que conforme a lo que establece el artículo 76 Bis, fracción V, de la Ley de Amparo, los tribunales federales se encuentran obligados a suplir la deficiencia de los conceptos de violación; sin embargo, dicha exigencia no tiene lugar cuando los acreedores alimentarios sean mayores de edad, pues es indudable que por tal circunstancia se encuentran en aptitud de deducir los derechos que les corresponda, hecha excepción de aquellos en los que se acredite que tienen la calidad de incapaces.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

PRECEDENTES:

Amparo directo 220/2003. 29 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: H.S.H.. Secretario...

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