Tesis, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. I.15o.A. J/15 (9a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2012 (Reiteración))

Número de resoluciónI.15o.A. J/15 (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160374
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4105
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

El citado numeral impone el deber de negar el registro de una marca que sea idéntica o semejante en grado de confusión a otra ya registrada vigente o en trámite, aplicada a iguales o similares productos o servicios que pretenda amparar, por lo que la autoridad administrativa encargada de otorgar dicho registro, que es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, debe realizar lo que tanto en la práctica como en la doctrina se conoce como "examen de novedad", que consiste en una comparación entre la marca cuya inscripción se solicita y todas aquellas registradas previamente o que se encuentren en trámite con anterioridad, a efecto de verificar si son semejantes al grado de inducir a confusión a los consumidores de los productos o servicios a los que están dirigidos. Ahora bien, al realizar dicho examen debe tomarse en cuenta, además de la clase en que esos productos o servicios se encuentren clasificados, el tipo de signos marcarios que estén en conflicto, para determinar cuál es el enfoque conforme al que debe efectuarse dicho análisis, pues si se trata de marcas nominativas el parámetro idóneo para regir la valoración será el aspecto fonético, dado que aquéllas se conforman generalmente por un conjunto de letras o palabras, por lo que se distinguen por su pronunciación; empero, si revisten el carácter de marcas innominadas o figurativas (emblemáticas o gráficas), entonces tendrá especial relevancia el examen gráfico o visual, ya que a través de este sentido podrá dilucidarse si por la similitud de los diseños es factible producirse la mencionada confusión; escrutinio que también sería aplicable para las marcas tridimensionales. Especial...

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