Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 99 de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Reiteración))

Número de registro920662
Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Ni la Constitución General de la República, ni la Ley Federal del Trabajo, contemplan la prestación consistente en el pago del cincuenta por ciento de sobresueldo que debe cubrir el patrón al trabajador durante el tiempo que siguió laborando después de la fecha en que reunió los requisitos para ser jubilado; por esa razón, el indicado beneficio adquiere el carácter de prestación extralegal que debe contenerse en el contrato colectivo de trabajo, por ser el citado documento el que contiene tanto la voluntad de la parte patronal como la de los trabajadores, relacionada con todo aquello que puede afectar la pensión a que tiene derecho un trabajador que adquiere su jubilación; por tanto, es procedente concluir que si la indicada prestación carece de sustento legal, el laudo que condena por ese concepto es violatorio de garantías.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Novena Época:


Amparo directo 659/97.-Ferrocarriles Nacionales de México.-15 de enero de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.Á.T.: A.L.P..


Amparo directo 786/97.-S.S. Ortega.-4 de febrero de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.Á.T.: A.L.P..


Amparo directo 787/97.-Ferrocarriles Nacionales de México.-4 de febrero de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.Á.T.: A.L.P..


Amparo directo 728/98.-J.L.C.R. de junio de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.Á.T.: A.L.P..


Amparo directo 589/99.-L.P.H. y coags.-3 de febrero de 2000.-Unanimidad de...

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