Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 611 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro918145
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

La quejosa no es extraña al procedimiento judicial del que emana el acto reclamado, si su intervención en el juicio fue legalmente aceptada al haberse resuelto su petición de levantamiento de embargo, quedando así integrada a la relación jurídico-procesal. Las personas que de hecho figuran en la relación procesal, ya sea activa o pasivamente, dependiendo esto de la naturaleza de sus pretensiones, deben ajustarse a los preceptos legales que regulan el procedimiento de que se trate, esto es, pueden y deben hacer uso de los medios ordinarios de impugnación. En un caso concreto, si la parte quejosa tuvo a su alcance el recurso de apelación contemplado por el artículo 1341 del Código de Comercio, al no haberlo intentado, deja de surtirse el principio de definitividad requerido por el juicio de garantías para su procedencia.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Novena Época:


Amparo en revisión 224/92.-B.E. de Aguirre.-30 de septiembre de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: J.N.G.R.: R.A.H..


Amparo en revisión 58/93.-M.G.M. de Navarro.-24 de marzo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR