Tesis, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 485 de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro918019
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El hecho de que la parte quejosa no precise, habiéndole requerido el Juez Federal, cuántas y cuáles eran las autoridades inferiores de una dependencia, no lo autoriza a tener por no interpuesta en su integridad la demanda de amparo correspondiente, en virtud de que es incorrecto tener por no interpuesta una demanda respecto de las autoridades de las cuales sí se satisfacen los requisitos establecidos en el artículo 116, fracción III, de la Ley de Amparo; la no interposición debe limitarse únicamente a las autoridades que no fueron precisadas.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Octava Época:


Improcedencia 786/88.-M.T., S.A. de C.V.-20 de abril de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: L. Tirado Ledesma.-Secretario: C.T.G..


Improcedencia 966/88.-Distribuidora de Tornillos, T. y Similares, S.A. de C.V.-18 de mayo de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: L. Tirado Ledesma.-Secretaria...

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