Tesis, Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1207 de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Reiteración))

Número de registro916344
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si bien es cierto que los empleados de confianza al servicio del Estado, no están protegidos por el apartado B del artículo 123 constitucional, en cuanto a la estabilidad en el empleo, no menos cierto es que tal carácter debe ser demostrado por el titular demandado en forma fehaciente, cuando el puesto que acepta tener el activo no se encuentra incluido expresamente en el diverso 5o. de la ley burocrática, siendo además necesario que el patrón a fin de probar su excepción, consigne en qué norma se formalizó la creación de la plaza del trabajador, para estimar que las funciones que desempeñaba pertenecían a la categoría de confianza, esto último conforme a lo que prevé el numeral 7o. del mismo ordenamiento legal.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo directo 10225/88.-F.V.L..-9 de marzo de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: G. de la Llata Valenzuela.-Secretaria: M.I.H.T.G..


Amparo directo 6425/89.-Colegio de Bachilleres.-19 de octubre de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: G. de la Llata...

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