Tesis, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1163 de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Reiteración))

Número de registro916300
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Si de autos aparece que la Junta responsable informa y demuestra legalmente que la parte quejosa pagó a los terceros perjudicados todas las prestaciones demandadas en el juicio laboral de donde emana el laudo combatido a entera satisfacción y con solicitud de que tuviera el asunto por total y legalmente concluido en el acta respectiva, surge la causa de improcedencia que prevé la fracción XI del artículo 73 de la Ley de Amparo, por lo que debe sobreseerse el juicio en términos de la fracción III del artículo 74 de la propia ley.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo directo 937/87.-Zapatería Industrial de Orizaba, S.A.-20 de enero de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.U.G..-Secretaria: J.d.C.M.D..


Amparo directo 1116/96.-Transportes Papantla, S.A. de C.V.-6 de agosto de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: T.E.O. Moguel.-Secretaria: A.G.F..


Amparo directo 1080/96.-Transportes Papantla...

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