Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1135 de Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Número de registro916272
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La documental no es prueba idónea para acreditar si los subsidios de energía eléctrica, gas doméstico y bonos de cooperativa integran el salario, ya que el problema a resolver es de derecho y por tanto, no está sujeto a prueba. Las manifestaciones de las partes no son aptas para cambiar la naturaleza de una prestación. Para resolver si un determinado beneficio forma parte integrante del salario del trabajador, hay que acudir a la ley. Precisamente el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo establece los conceptos que integran el salario del trabajador por lo que si no hay duda que las cantidades que por concepto de ayuda en el pago de energía eléctrica, gas doméstico y bonos de cooperativa constituyen prestaciones que se otorgaban al trabajador por su trabajo, es correcta la determinación de la Junta de considerar que esos conceptos debieron integrarse al salario del trabajador al momento de su liquidación.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 7/92.-Financiera Nacional Azucarera, S.N.C., S. de la Quiebra de Compañía Minera de Cananea, S.A. de C.V.-20 de febrero de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: H.S.F..-Secretario: H.B.E..


Amparo directo 9/92.-Financiera...

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