Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1073 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Reiteración))

Número de registro916210
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Al tener por desierta la prueba testimonial que ofreció el actor por no identificarse los testigos en la audiencia en que iban a declarar, la resolutora dejó de atender lo dispuesto en la fracción II de artículo 815 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé: "El testigo deberá identificarse ante la Junta cuando así lo pidan las partes y si no puede hacerlo en el momento de la audiencia, la Junta le concederá tres días para ello.". Conviene agregar que la deserción decretada no podía válidamente fundamentarse en el apercibimiento contenido en el acuerdo que proveyó sobre su desahogo, en atención a que ese apercibimiento carece de todo apoyo legal, supuesto que el procedimiento a seguir es el señalado en el dispositivo arriba invocado.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 2006/85.-S.G.H..-23 de mayo de 1986.-Unanimidad de votos.-Ponente: C.E.M..-Secretario: J.M.A.M..


Amparo...

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