Tesis, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1053 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro916190
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Laboral

De una interpretación de los artículos 781 y 790 de la Ley Federal del Trabajo se llega a la conclusión de que en el desahogo de la prueba confesional, el oferente puede interrogar libremente al absolvente, formulándole las preguntas que estime pertinentes, siempre que tengan relación con los hechos de la controversia, pues es un derecho que otorga en forma expresa la ley de la materia a las partes en el juicio, por lo que el desechamiento del medio de prueba con base a que no es permitido el interrogatorio resulta inmotivado, ya que las preguntas del interrogatorio constituyen propiamente la articulación de nuevas posiciones.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo directo 115/93.-Maquinados Programados, S.A. de C.V.-31 de marzo de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.B.P.: C.H. de L.R..


Amparo directo 116/94.-Materiales para C.V., S.A.-13 de abril de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: J.M.G.S.: J.J.F.F..


Amparo directo...

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