Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1007 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Número de registro916144
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Las posiciones "si es cierto como lo es, que es falso ..." y "si es cierto como lo es que usted dejó de laborar ...", reúnen las características de insidiosas, porque tienden a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, para obtener una declaración contraria a la verdad, según el artículo 790, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, pues van encaminadas a predisponer el entendimiento, creando un estado de confusión u oscuridad en la mente del absolvente, de tal modo que no se aprecie con claridad el contenido de la interrogante, para que se responda de tal forma, que beneficie los intereses del oferente, porque con ella obtiene una confesión contraria a la verdad; de ahí que dichas posiciones deben desecharse desde el momento de su formulación por la Junta o en el supuesto de que se hayan admitido, no tomarlas como fundamentales para crear convicción en el tribunal laboral, en un sentido o en otro, más, cuando el absolvente es el trabajador, quien por lo regular es una persona con nula o escasa preparación escolar, y por lo tanto, más susceptible a crearle confusión en su entendimiento.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo directo 620/95.-F.G.G..-31 de agosto de 1995.-Unanimidad de...

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