Tesis, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 942 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Reiteración))

Número de registro916079
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Si la empresa demandada al contestar la demanda se excepciona respecto a las prestaciones reclamadas, es evidente que por haberse formulado la excepción, la Junta tenía la obligación de definir la litis respectiva y arrojar la carga probatoria a la parte que correspondiera, resolviendo sobre la procedencia o improcedencia de los conceptos exigidos, pero al no considerarlo de esta manera el laudo dictado por la Junta laboral no cumple con los principios de claridad, precisión y congruencia que el artículo 842 de la Ley Federal del Trabajo establece.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 255/90.-H.F.L. Pascacio.-15 de agosto de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.B.P.: C.H. de L.R..


Amparo directo 386/90.-G.R.G. de mayo de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: J.M.G.S.: A.G.C.Z..


Amparo directo 337/91.-Instituto Mexicano del Seguro...

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