Tesis, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 916 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Reiteración))

Número de registro916053
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

De conformidad con lo establecido por el artículo 776 de la Ley Federal del Trabajo, son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al derecho, por lo que si es ofrecido por una de las partes como medio probatorio, los recibos de pago de salario, mismos que contienen inserto el horario de labores y éstos se encuentran reconocidos y signados por las partes, es inconcuso que dichos recibos son aptos para acreditar la jornada de labores.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 104/92.-P.R.M..-25 de marzo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: J.M.G. Salazar.-Secretaria: A.M.T.G..


Amparo directo 174/92.-E.R.V.R..-29 de abril de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.B.P.: J.M.F.C..


Amparo directo 715/92.-C.C.C..-3 de febrero de 1993.-Unanimidad de...

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