Tesis, , 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 878 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro916015
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si la Junta responsable requiere al sindicato solicitante que acredite que los trabajadores que laboran en la empresa estén afiliados, que aporte los nombres de los que están en servicio, y lo justifique con el documento idóneo, tal proceder no es violatorio de garantías, porque este requerimiento es con el objeto de que se justifique la legitimación para solicitar el emplazamiento a huelga, partiendo de la base de que la legitimación procesal es uno de los presupuestos que deben ser analizados de manera oficiosa por la autoridad responsable, por ende, antes de iniciar el procedimiento en cuestión, atento a lo dispuesto en los artículos 387, en relación con el 377, fracción I de la Ley Federal del Trabajo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo en revisión 397/98.-Sindicato de Trabajadores de la Industria, Comercio, P. de Servicios y de la Construcción en General, Similares y Conexos del Estado de Tabasco.-11 de junio de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: S.J.M. Trejo.-Secretaria: A.M.C..


Amparo en revisión 49/99.-J.D.C., por sí y en su carácter de secretario general del Sindicato Estatal de la Construcción, S., Tuberos, Obreros en General, Empleados Profesionales de la Industria, Similares y Conexos del Estado de Tabasco.-18 de junio de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.S.M..-Secretario: S.A.M.V..


Amparo en revisión 392/98.-Sindicato de Trabajadores de la Industria, Comercio, P. de Servicios y de la Construcción en General, Similares y Conexos del Estado de Tabasco.-25 de junio de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.S.M..-Secretaria: Y.I.H..


Amparo en revisión 389/98.-Sindicato de Trabajadores de la Construcción de Edificios, Casas Habitación y Similares de Comalcalco, Tabasco.-6 de agosto de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.A.N.S..-Secretaria: N.M.R.P..


Amparo en revisión...

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