Tesis, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 843 de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro915980
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Siendo la jubilación una prestación de carácter extralegal, su otorgamiento y fijación en una determinada cantidad, debe hacerse en los términos pactados entre empresa y sindicato, mediante la contratación colectiva vigente en la época en que se concede ese beneficio al trabajador, sin que posteriormente proceda el ajuste de la pensión jubilatoria de acuerdo al tope máximo que esté en vigor cuando se formula la demanda, porque ello implicaría la aplicación de disposiciones contractuales que no existían cuando se generó el derecho, lo que afectaría la garantía de seguridad jurídica en perjuicio del demandado.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 164/94.-A.M. Estrada.-6 de julio de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.C.M..-Secretario: R.R.M..


Amparo directo 265/94.-M.J. Silva.-7 de septiembre de...

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