Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 627 de Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Número de registro913569
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Civil

Una correcta interpretación del artículo 888 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, permite considerar que contra las sentencias pronunciadas por los Jueces locales, sólo procede el recurso de revisión para el único efecto de que el superior resuelva si se violaron o no las reglas del procedimiento; por lo que el J. de primera instancia que conoce del referido recurso sólo atenderá a violaciones cometidas durante la secuela del procedimiento y que éstas afecten las defensas del recurrente, no así a las cuestiones referentes al fondo del asunto.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 6/90.-Á.M.G.C. de abril de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.A.C.: V.H.M.S..


Amparo directo 168/90.-R.L.L. de junio de 1990.-Unanimidad de...

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