Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 507 de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro911440
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

Si bien el artículo 104, inciso I-B de la Constitución General de la República, establece que las revisiones fiscales que conozcan los Tribunales Colegiados se sujetarán a los trámites que la Ley de Amparo fije para la revisión en amparo indirecto, ello no implica que en la revisión fiscal deban intervenir como partes las que lo hacen en el amparo. Ahora bien, el carácter de parte en el juicio de garantías respecto del Ministerio Público Federal, deviene del artículo 5o., fracción IV, de la Ley de Amparo. Empero, en términos del Código Fiscal de la Federación, aquella institución no es parte en el juicio de nulidad y su revisión, al no existir un precepto en dicha legislación que así lo establezca; así, en el recurso de revisión, el Tribunal Colegiado no debe darle vista a esa representación social, porque de cualquier forma seguirá careciendo del carácter de parte y de las facultades con las cuales interviene en el juicio de garantías.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.


Octava Época:


Revisión fiscal 36/88.-Distribuidora Entusiasmo, S.A. de C.V.-12 de julio de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.S.S..-Secretaria: M.d.R.F.O.G..


Revisión fiscal 11/89.-Construcciones...

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