Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 482 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro911415
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Fiscal (ADM)

De la lectura de la fracción II del artículo 58 del Código Fiscal de la Federación, se advierte que en la misma, se reconoce un derecho del contribuyente, que puede hacer valer, antes de agotar el procedimiento que rige para la verificación del cumplimiento de las disposiciones fiscales; en consecuencia, la facultad de la autoridad fiscal otorgada en términos del precepto legal aludido, debe ejercerse invariablemente, y no dejarse al arbitrio de la autoridad, ya que, de considerarlo como una opción del funcionario fiscal, significaría que se prive al contribuyente del derecho que establece la ley fiscal en su favor y, por ende, se violaría la garantía de audiencia que protege el artículo 14 constitucional.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.


Octava Época:


Revisión fiscal 11/90.-Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-31 de octubre de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: P.A.I.F..-Secretaria: M. de los Ángeles Peregrino Uriarte.


Revisión fiscal 9/91.-Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-3 de julio de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: P.A.I.F..-Secretaria: M. de los Ángeles...

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