Tesis Jurisprudencial, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 37 (H) de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro904765
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Cuando de las constancias de autos se advierte que el J. no agotó los medios legales para lograr la comparecencia de un testigo de cargo, y acuerda ordenando efectuar los careos supletorios entre él y el quejoso, tal circunstancia se aparta de las normas del procedimiento, dejando en estado de indefensión al citado quejoso en razón de que la finalidad de los careos es llegar al debido esclarecimiento de los hechos, encontrar la verdad que se busca, zanjar discrepancias, hacer aclaraciones, ya que es ahí donde alguien puede abdicar de su primera postura adoptando otra, aceptando o reparando cualquier error que hubiese cometido.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 488/90.-L.F.C.F. de marzo de 1991.-Unanimidad de...

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