Tesis Jurisprudencial, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 30 (H) de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro904758
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

Si de las constancias de autos se advierte que tanto el quejoso como el ofendido sostienen versiones distintas sobre los hechos que dieron lugar a la acusación, es necesario efectuar los careos constitucionales entre éstos, en razón de que la finalidad de los careos es llegar al debido esclarecimiento de los hechos, encontrar la verdad que se busca, zanjar discrepancias, hacer aclaraciones, ya que es ahí donde alguien puede abdicar de su primera postura, adoptando otra, aceptando o reparando cualquier error que hubiese cometido; caso contrario se actualiza una violación procesal que causa estado de indefensión.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 489/90.-J.Á.M.H..-20 de marzo de 1991.-Unanimidad de...

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