Tesis Jurisprudencial, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3 (H) de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Número de registro904731
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal

Una correcta interpretación del artículo 64 del Código Penal vigente en el Estado de Sonora hasta el treinta de abril de mil novecientos noventa y cuatro, lleva a concluir que para determinar el quantum de las penas en caso de acumulación de delitos, lo procedente es determinar la sanción aplicable al delito que merezca pena mayor, hecho lo cual podrá o no incrementarse la propia sanción, por la comisión de los otros hechos punibles, con la obligación para el órgano jurisdiccional de expresar de manera adecuada los motivos o razones que tenga en cuenta para efectuar tal incremento de la sanción, de suerte que se aparta de la técnica, que para los casos de acumulación prevé el artículo precitado, cuando se determina individualmente la sanción correspondiente a cada delito para después sumarla.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 585/93.-T.E.R.V..-13 de diciembre de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.R.P..-Secretario: J.L.H.O..


Amparo...

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