Tesis Jurisprudencial, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 667 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro904648
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Penal

El que el quejoso y sus coacusados hubiesen robado cierta cantidad de dinero, da lugar a que se condene a aquél al pago de la totalidad del daño causado, en forma solidaria y mancomunada, puesto que si todos realizaron el ilícito, no es posible condenar al acusado al pago sólo de una parte del total de la cantidad de que se apoderaron.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 421/89.-D.V.G. de abril de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: L.L.M..-Secretaria: M.T.Z.C..


Amparo directo 373/91.-Salvador I.M. y otro.-29 de septiembre de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: L.L.M..-Secretario: A.E.M..


Amparo en revisión 213/91.-R.B.R..-9 de...

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