Tesis Jurisprudencial, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 537 de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Reiteración))

Número de registro904518
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal

Aun admitiendo que el inculpado fue detenido sin orden de aprehensión emanada de autoridad competente, y que los agentes aprehensores se introdujeron a su domicilio sin orden de cateo, las violaciones constitucionales que esa forma de actuar implican no son reclamables en amparo directo, ni pueden ser atribuidas a la autoridad responsable ordenadora y tampoco tienen el alcance de anular la confesión de dicho inculpado si no existen datos que lleven la certeza de que su declaración haya sido moral o físicamente coaccionada. Este tribunal no desconoce que lamentablemente con demasiada frecuencia las autoridades investigadoras utilizan en las aprehensiones métodos reprobados por nuestra Carta Magna; pero en atención a la técnica del amparo directo, las más de las veces no compete a este cuerpo colegiado analizar ese tipo de actos, debiendo concretarse a declarar que quedan a salvo los derechos del quejoso para ejercer las acciones relativas ante las autoridades correspondientes.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 268/88.-J.V.I.R. de octubre de 1988.-Unanimidad de...

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