Tesis, Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro818211
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

AGRARIO. USUFRUCTO PARCELARIO EJIDAL. ORDENES DE INVESTIGACION.

Las investigaciones sobre usufructo parcelario ejidal, como parte de los procedimientos establecidos en la legislación agraria federal para decidir en cuanto a explotación o posesión de unidades de dotación, suspensión, transmisión, titularidad y privación de derechos ejidales, no constituyen actos susceptibles de reclamarse en amparo, ya que sólo son antecedentes o elementos de juicio para que las autoridades competentes del ramo resuelvan los conflictos que de esa naturaleza se les presenten; en consecuencia, las órdenes dictadas por dichas autoridades para la práctica de esa clase de investigaciones en relación a las parcelas o derechos agrarios de los ejidatarios quejosos, no afectan los intereses jurídicos de éstos, y por ende, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 73, fracción V, y 74, fracción III , de la Ley de Amparo, el juicio constitucional debe sobreseerse respecto de tales actos.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Séptima Epoca, Sexta Parte:

Volumen 42, página 15. Amparo en revisión 254/72. H.I.R.F.. 20 de junio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: R.G.A..

Volumen 42, página 15. Amparo en revisión 329/72. S.V.C.. 30 de junio de 1972...

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