Tesis, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 755 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Número de registro394711
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en tesis de jurisprudencia, sostuvo desde hace mucho tiempo, el criterio relativo a que la demanda de garantías es un todo y debe interpretarse en su integridad, a fin de que el juez de Distrito armonice los datos en ella contenidos y fije un sentido que sea congruente con los elementos que la conforman. Tal criterio se justifica plenamente, pues el juzgador de amparo es perito en derecho, con la experiencia y conocimientos suficientes para interpretar la redacción obscura o irregular, y determinar el verdadero sentido y la expresión exacta del pensamiento de su autor que por error incurre en omisiones o en imprecisión. Inspirado en esos principios, este tribunal sostiene que la interpretación de la demanda no se debe limitar a tal escrito, sino que debe comprender, además, el análisis de los documentos que la acompañan y que, de hecho, forman parte de ella; pues sólo así puede alcanzarse una interpretación completa de la voluntad del quejoso y advertir el error o la omisión en que haya incurrido por desconocimiento de la técnica de amparo. Esto no significa, en modo alguno, suplir la queja deficiente o integrar la acción que intenta el gobernado, se trata únicamente de armonizar la información con la que se cuenta, a fin de que a través de ella se precise el verdadero sentido que quiso darle el particular. La actuación del juzgador en un caso como éste tampoco significa dejar en estado de indefensión a las demás partes que deban intervenir en la contienda, pues el juicio está aún por iniciarse y hay la plena posibilidad de que hagan el despliegue de sus defensas. Por ello, si en una demanda de garantías el quejoso designa de manera imprecisa o errónea a la autoridad responsable o el acto que combate, pero de los documentos anexos...

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