Tesis, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Julio de 2002 (Tesis num. I.8o.C. J/13 de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-07-2002 (Reiteración))

Número de registro186473
Número de resoluciónI.8o.C. J/13
Fecha de publicación01 Julio 2002
Fecha01 Julio 2002
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Civil

En materia mercantil corresponde a las partes en juicio vigilar el correcto y oportuno desahogo de las pruebas que respectivamente hayan ofrecido para acreditar sus pretensiones y no al Juez, en virtud del equilibrio procesal y para evitar que alguna obtenga ventajas o privilegios, ya que no tiene justificación legal que el juzgador ordene el desahogo de una prueba respecto de la cual el oferente no vigiló que se hiciera en forma correcta u oportuna, sino que únicamente puede hacerlo cuando ese desahogo no se hubiere conseguido por causas ajenas a la voluntad de aquél, dado que dicho resolutor no cuenta con facultades para subsanar descuidos, desinterés o falta de impulso procesal de la parte que propuso la probanza, en tanto que ello implicaría la revocación de sus propias determinaciones, lo cual sólo es susceptible de lograrse mediante la interposición de los recursos ordinarios establecidos en el Código de Comercio. De ahí que en caso de que el J. ordene el desahogo de una prueba fuera del término probatorio, o insista sobre aquella que incorrectamente se llevó a cabo, se verían quebrantados los principios de firmeza, de preclusión y de igualdad de las partes en el proceso, en clara contravención de las reglas establecidas en el ordenamiento legal invocado, que fijan los límites en que debe desarrollarse la actividad jurisdiccional, ya que el juzgador con su actuación estaría ilícitamente desconociendo resoluciones firmes y subsanando la...

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