Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 1 de Enero de 2012 (Tesis num. XXX.2o.3 C (9a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 01-01-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXX.2o.3 C (9a.)
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
Número de registro160407
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5; Pág. 4478
MateriaComún

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 297/2009 que dio origen a la jurisprudencia 1a./J. 41/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, página 464, de rubro: "EVICCIÓN. PARA LA CONDENA AL SANEAMIENTO POR DICHA HIPÓTESIS, BASTARÁ DEMOSTRAR QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN EL ADQUIRENTE DE UN BIEN O DERECHO LO PERDIÓ TOTAL O PARCIALMENTE POR LA DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UN MEJOR DERECHO QUE EL SUYO (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE MÉXICO Y JALISCO).", se refirió en términos amplios a la procedencia del saneamiento como consecuencia de la evicción típica pero, además, aceptó la posibilidad de una evicción equiparada, cuando la pérdida del bien se concreta a través de cualquier procedimiento que tenga carácter o contenido jurisdiccional, en el que se declare dicha pérdida en agravio del adquirente, por virtud de la sola existencia de un mejor derecho al que motivó su adquisición. Aunque el juicio de amparo es un medio de control constitucional de los actos de autoridad y no resuelve directamente un problema entre particulares, lo cierto es que la sentencia que se emite en él puede originar la evicción en perjuicio de un tercero puesto que, en tratándose, como en la especie, de un codemandado que afirma no haber sido emplazado legalmente, el Juez de...

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