Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, 1 de Julio de 2008 (Tesis num. XXVIII.5 L de Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, 01-07-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVIII.5 L
Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha01 Julio 2008
Número de registro169249
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

De los artículos 90 de la Constitución Política; 1 a 4, 33, fracciones XIII y XXVIII, 42, fracciones II y III, de la Ley Municipal; y 1 y 2 de la Ley Laboral de los Servidores Públicos (vigente hasta el 31 de diciembre de 2007), todos del Estado de Tlaxcala, se advierte que el Municipio, como ente jurídico colectivo, cuenta con un órgano de gobierno denominado Ayuntamiento, el cual es colegiado, tiene la máxima representación política del Municipio y maneja su patrimonio; además, el síndico es un integrante del Ayuntamiento que tiene la representación legal del Municipio, así como la vigilancia de sus recursos. De lo anterior se concluye que el síndico representa tanto al Municipio como al Ayuntamiento, toda vez que dentro de sus facultades se encuentra la de intervenir ante las autoridades cuando se afecten los intereses municipales, y le corresponde la defensa y representación del Ayuntamiento en los procedimientos jurisdiccionales y administrativos. Consecuentemente, si en un juicio de amparo un Municipio reclama la falta de emplazamiento al procedimiento laboral burocrático, pero de las constancias se advierte que fue llamado el Ayuntamiento, y que éste compareció a través de...

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