Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, 1 de Diciembre de 2007 (Tesis num. XXIX.2o.7 P de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, 01-12-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIX.2o.7 P
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
Fecha01 Diciembre 2007
Número de registro170859
MateriaDerecho Penal,Penal

El artículo 174 del Código Penal para el Estado de H. sanciona a quien haciendo uso de la violencia sobre una o más personas, con el propósito de causarles un mal o exigir su asentimiento para cualquier fin ilícito lo acometa en determinados lugares. Ahora bien, si el sujeto activo acometió a la víctima mediante el uso de la violencia con dicho propósito, el cual no logró por causas ajenas a su voluntad, como fueron la resistencia del ofendido y la intervención de los agentes policíacos, ello no constituye una tentativa punible, sino la consumación del delito de asalto, toda vez que al tratarse de un ilícito de resultado anticipado...

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