Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, 1 de Noviembre de 2001 (Tesis num. XXIV.4 P de Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, 01-11-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIV.4 P
Fecha de publicación01 Noviembre 2001
Fecha01 Noviembre 2001
Número de registro188417
MateriaDerecho Penal,Penal

Si la conducta que se atribuye al quejoso (calumnias) queda comprendida en una norma general (artículo 356, fracción I, del Código Penal Federal), pero al propio tiempo existe un ordenamiento especial que prevé, tipifica y sanciona esa clase de conductas, es indudable que debe prevalecer éste, de conformidad con lo ordenado por el artículo 6o. del Código Penal Federal. Ello es así, en virtud de que se encuentra vigente la Ley sobre Delitos de Imprenta, reglamentaria del artículo 7o. de la Constitución Federal, promulgada el doce de abril de mil novecientos diecisiete, que enumera los delitos en que pueden incurrir quienes, a través de las publicaciones que realizan mediante la imprenta, cometen ese tipo de conductas.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO...

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