Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2002 (Tesis num. XXIII.2o.2 C de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 01-11-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIII.2o.2 C
Fecha de publicación01 Noviembre 2002
Fecha01 Noviembre 2002
Número de registro185582
MateriaDerecho Procesal,Civil

No entraña una confesión tácita o ficta el hecho de que el actor en el juicio ejecutivo mercantil haya omitido contestar la vista que le dio el Juez natural con el escrito de contestación de demanda, ya que la confesión tácita es la que se presume en los casos señalados por la ley, siendo que ni en la legislación mercantil, ni en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de A. existe disposición que establezca que la conducta omisiva del actor de contestar la vista que se le dé con la contestación de demanda tenga como consecuencia la declaración de confeso.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

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