Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2006 (Tesis num. XXIII.2o.5 A de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 01-11-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIII.2o.5 A
Fecha de publicación01 Noviembre 2006
Fecha01 Noviembre 2006
Número de registro173941
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

Entre la tabla y el programa mencionados no existe conflicto de jerarquía normativa, ya que no regulan los mismos aspectos en lo tocante al establecimiento de estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de gas L.P., pues la primera es la aplicable tratándose de la regulación del uso del suelo en cuanto a distancias mínimas entre dichas estaciones y plantas, dado que se expidió, según la exposición de motivos correspondiente, considerando una planeación estratégica integral para lograr un crecimiento ordenado del territorio municipal, así como la seguridad que debe brindarse a los habitantes del Municipio aludido frente a algunos usos del suelo que se consideran riesgosos por el giro que desempeñan, como es el caso de las estaciones de servicio, de carburación y plantas de almacenamiento de gas L.P., y se hizo con la participación de diversos organismos, entre ellos el área de comercialización de Pemex Refinación. En cambio, el Programa Simplificado para el Establecimiento de Nuevas Estaciones de Servicio es el resultado de un convenio de coordinación celebrado entre Pemex Refinación y la Comisión Federal de Competencia, emitido por esta última dependencia, cuyo objetivo general consiste en procurar que las...

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