Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Julio de 2010 (Tesis num. XXI.1o.C.T.95 L de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, 01-07-2010 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 164391 |
Número de resolución | XXI.1o.C.T.95 L |
Fecha de publicación | 01 Julio 2010 |
Fecha | 01 Julio 2010 |
Localizador | 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Julio de 2010; Pág. 1893 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo |
Conforme al artículo 61, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, es facultad y obligación de los Ayuntamientos en materia de gobernación y seguridad pública, nombrar apoderados para la atención de negocios jurídicos en los que es parte el Ayuntamiento, otorgando al efecto las facultades correspondientes. Por tanto, resulta legal el poder que un Ayuntamiento otorga a favor de persona determinada para que lo represente en un juicio laboral burocrático, con independencia de que quienes integran el cabildo asistan a la sesión en que así se acuerde, sin que acrediten en ese momento la calidad con la que acuden, lo que resulta innecesario tomando en cuenta que el acuerdo que emite el órgano colegiado, que integra el cabildo lo hace dentro de su esfera de competencia, conforme a las...
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Sentencia N° 77-2019 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2019
...Circuito Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXXII, Julio de 2010 Materia(s): Laboral Tesis: XXI.1o.C.T.95 L Página: 1893 “AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE GUERRERO, ES LEGAL EL PODER QUE OTORGAN PARA QUE SEAN REPRESENTADOS, AUN CUANDO LOS INTEGRAN......