Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 1 de Agosto de 2005 (Tesis num. XVIII.2o.17 C de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-08-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.2o.17 C
Fecha de publicación01 Agosto 2005
Fecha01 Agosto 2005
Número de registro177690
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

Si bien el artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito prevé que al fallecimiento del titular de las operaciones bancarias, la institución entregará el importe correspondiente al beneficiario que el titular hubiese designado expresamente, convirtiéndose así en propietario del dinero existente en las cuentas bancarias; tal hecho no acontece en los casos en que existe orden judicial de afectación al pasivo hereditario, en virtud de que con el mismo debe hacerse frente a las obligaciones de la herencia; sin que sea legal estimar que al fallecer el titular de las cuentas bancarias antes de la fecha en que se inició la contienda judicial, el dinero depositado en las mismas hubiese quedado excluido de los...

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