Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Diciembre de 2002 (Tesis num. XVII.5o.7 P de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-12-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.5o.7 P
Fecha de publicación01 Diciembre 2002
Fecha01 Diciembre 2002
Número de registro185394
MateriaDerecho Penal,Penal

Para que se actualice la hipótesis normativa de homicidio tumultuario previsto en el artículo 196 del Código Penal del Estado de Chihuahua, vigente en mil novecientos noventa y nueve, consistente en que cuando en la comisión de un homicidio intervengan dos o más sujetos, sin concierto previo, y no constare quién o quiénes son los autores, a todos se les impodrá de cuatro a diez años de prisión, se requiere la concurrencia de los requisitos siguientes: a) La perpetración de un homicidio en donde intervengan dos o más sujetos; b) Que dicha conducta la realicen sin acuerdo previo; y, c) Que no constare quién o quiénes son los autores de la lesión mortal; de ahí que si se desconoce cuál de los participantes fue quien infirió la lesión mortal a la víctima, pero existe acuerdo previo, aun cuando éste pueda deducirse, no directamente de las palabras, sino de la conducta de los activos, previa a los hechos, debe concluirse que no se trata de un homicidio tumultuario, sino por coparticipación dolosa. Es decir...

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