Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Diciembre de 2003 (Tesis num. XVII.2o.C.T.7 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-12-2003 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XVII.2o.C.T.7 L |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2003 |
Fecha | 01 Diciembre 2003 |
Número de registro | 182548 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Laboral |
Para que una renuncia tenga eficacia y produzca efectos jurídicos es necesario que contenga no sólo la expresión de voluntad del trabajador de separarse de su empleo, sino que, además, no debe quedar duda alguna de esa decisión, pues debe constar en términos claros y precisos, esto es, se requiere que de su texto se advierta de manera indubitable el deseo libre y espontáneo de renunciar al trabajo. De esta manera, si la renuncia se redacta afirmando el trabajador que al no "acatar" el cambio a otra negociación de la fuente de trabajo "acepta" la renuncia, no puede considerarse que ésta se emitió en forma libre y espontánea, sino que obedece a una disyuntiva del patrón, salvo el caso en que el empleador demuestre que en el contrato de trabajo se pactó la posibilidad de que la prestación del servicio se realizara en diferentes centros de trabajo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 354/2003. Instituto de Computación Empresarial de C.. 3 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: R.R.P.. Secretario: M.Á.L..
Véase...
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