Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Agosto de 2003 (Tesis num. XVII.5o.13 P de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-08-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.5o.13 P
Fecha de publicación01 Agosto 2003
Fecha01 Agosto 2003
Número de registro183396
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

De la exégesis del artículo 388 del código procesal penal del Estado se advierte que el legislador garantizó la seguridad jurídica del procesado, al considerar que era suficiente se siguiera el proceso por un delito que sí admitía que la sentencia fuera apelable para determinar lo recurrible de ésta, con independencia del delito sancionado o la pena impuesta, porque no podía dejarse hasta el momento de la sentencia el determinar su recurribilidad, pues consideró que existía mayor seguridad para el procesado que supiera si era apelable o no la sentencia, según lo determinado en el...

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