Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Junio de 2003 (Tesis num. XVII.5o.11 C de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-06-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.5o.11 C
Fecha de publicación01 Junio 2003
Fecha01 Junio 2003
Número de registro184241
MateriaDerecho Civil,Civil

La institución jurídica del aval, consiste en la firma que se consigna en un título para garantizar su pago total o parcial, en caso de no realizarlo la persona principal obligada a ello. Así, el aval es una garantía típicamente cambiaria, que por el principio de literalidad tiene que constar en el propio documento; en consecuencia, si prescribe la acción cambiaria y el acreedor intenta la acción causal, no puede constituirse en deudor solidario el aval, a menos que conste fehacientemente la voluntad de éste para constituirse en deudor solidario o garante de la obligación causal que originó el título de crédito, pues de no ser así, la figura jurídica del aval no puede hacerse extensiva al negocio...

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