Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Febrero de 2003 (Tesis num. XVII.4o.9 K de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-02-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.4o.9 K
Fecha de publicación01 Febrero 2003
Fecha01 Febrero 2003
Número de registro184768
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Los terceros perjudicados en el juicio de amparo no pueden estimarse como coadyuvantes de la parte quejosa, por lo que no pueden jurídicamente sostener la inconstitucionalidad del acto reclamado de manera directa, y formular agravios para que a aquélla se le otorgue la protección federal; es decir, no pueden hacer valer agravios que pudiera sufrir otra de las partes, pues a cada una de ellas le compete defender sus derechos dentro del juicio de amparo, a través de los recursos que la ley otorga, como claramente lo señala el artículo 5o., fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo, ya que la propia ley de la materia establece de qué manera pueden intervenir las partes en el juicio de amparo.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 284/2002. C.L.N. y otra. 14...

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