Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. XVII.2o.C.T.19 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-03-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro165044
Número de resoluciónXVII.2o.C.T.19 L
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 2970
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

El artículo 692, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, establece que las personas físicas, entre ellas, los trabajadores, podrán comparecer al juicio laboral por conducto de apoderado, quien podrá acreditar su personalidad mediante poder notarial o carta poder firmada por el otorgante ante dos testigos; en ese sentido, cuando el apoderado del trabajador desiste de los medios de convicción ofertados en el procedimiento laboral sin contar con facultades expresas para hacerlo, incurre en violación al artículo 2587, fracción I, del Código Civil Federal, al exceder en su actuación pues el mandato judicial requiere cláusula especial para desistir, lo cual en el caso incide en las pruebas ofertadas. De ahí que la omisión de la Junta de mandar ratificar el escrito o petición de desistimiento a fin de que el trabajador exprese en forma inequívoca si es su voluntad o no desistir de las pruebas ofrecidas, constituye una violación al procedimiento en términos de la fracción III en relación con la XII del artículo 159 de la Ley de Amparo, lo cual amerita la reposición del procedimiento a fin de que la Junta laboral ordene la ratificación de tal petición, y el trabajador esté en posibilidad de manifestar si es su voluntad desistir, convalidando, si así procede, la actuación excesiva de su apoderado, en términos del artículo 2594 del Código Civil Federal, ordenamiento legal que regula la naturaleza y efectos del contrato de mandato, con lo que se garantizará no sólo el correcto desenvolvimiento del procedimiento, sino el ejercicio libre y responsable del mandato en cada juicio laboral, cuyos laudos se deben dictar a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR