Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. XVI.2o.C.38 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 01-10-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.2o.C.38 C
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro171211
MateriaDerecho Civil,Civil

Si el objeto del contrato de compraventa lo constituye una fracción de un predio urbano, pero conforme a la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, no es posible realizar la división y, por ende, elevarse el contrato a escritura pública, entonces dicho acuerdo de voluntades es nulo, conforme al artículo 7 del Código Civil local, el cual establece que los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos si las mismas no disponen otra cosa; asimismo la declaración de nulidad y sus consecuencias, se rigen por los numerales 1715 a 1717 de este último ordenamiento.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 464/2007...

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