Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 1 de Septiembre de 2011 (Tesis num. XVI.3o.C.T.2 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-09-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.3o.C.T.2 L
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
Fecha01 Septiembre 2011
Número de registro160998
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 2204
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El hecho de que en un reglamento interior de trabajo, o en una convención interna de la fuente laboral se establezca la posibilidad de sancionar ciertas conductas de los trabajadores relacionadas con su desempeño laboral con notas de demérito o sanciones leves, no implica que las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo que regulan las causas de rescisión se tornen inaplicables. Consecuentemente, cuando una infracción pueda caber simultáneamente en el supuesto de la sanción convencional y de la rescisión de la relación de trabajo, de conformidad con la ley, corresponde al patrón optar por la que considere conveniente, pues no está en la naturaleza o propósito de esos procedimientos internos que posibilitan sancionar en forma leve, excluir la...

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