Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 1 de Septiembre de 2011 (Tesis num. XVI.3o.C.T.2 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-09-2011 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XVI.3o.C.T.2 L |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2011 |
Fecha | 01 Septiembre 2011 |
Número de registro | 160998 |
Localizador | 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 2204 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
El hecho de que en un reglamento interior de trabajo, o en una convención interna de la fuente laboral se establezca la posibilidad de sancionar ciertas conductas de los trabajadores relacionadas con su desempeño laboral con notas de demérito o sanciones leves, no implica que las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo que regulan las causas de rescisión se tornen inaplicables. Consecuentemente, cuando una infracción pueda caber simultáneamente en el supuesto de la sanción convencional y de la rescisión de la relación de trabajo, de conformidad con la ley, corresponde al patrón optar por la que considere conveniente, pues no está en la naturaleza o propósito de esos procedimientos internos que posibilitan sancionar en forma leve, excluir la...
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Infracciones laborales que también sean causal de rescisión. Corresponde al patrón optar por sancionarlas conforme al reglamento interior o por rescindir la relación laboral. Tesis de Tribunales Colegiados
...la LFT. Por lo anterior, surge la duda con respecto a qué debe aplicar el patrón en estos casos: [VER PDF ADJUNTO] Al respecto, la tesis aislada XVI.3o.C.T.2 L del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito precisa que cuando en un reglamento interior......