Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 1 de Febrero de 2003 (Tesis num. XVI.3o.1 L de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 01-02-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.3o.1 L
Fecha de publicación01 Febrero 2003
Fecha01 Febrero 2003
Número de registro184866
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La Ley de Seguridad Social del Estado de Guanajuato contempla diversos beneficios, entre ellos, la jubilación para los trabajadores del Estado o de los Municipios que se encuentren en alguno de los supuestos que menciona su artículo 1o.; para ello, es necesario que éstos coticen determinado número de meses de descuentos salariales que se fijan como cuota, por lo que al referirse al salario es porque se generó, es decir, existió la prestación de un servicio personal subordinado, pues, de otra forma, se podrían cubrir las cotizaciones y tener derecho a tales beneficios no obstante que no existiera antigüedad en el empleo; lo anterior, hecha excepción del supuesto que prevé el artículo 12 del ordenamiento legal en cita...

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