Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. XVI.3o.5 A de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 01-05-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.3o.5 A
Fecha de publicación01 Mayo 2005
Fecha01 Mayo 2005
Número de registro178321
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

En tratándose de una sentencia dictada en un juicio agrario, ya sea condenatoria o absolutoria, en la que, se resuelve, por una parte, sobre la rescisión de un convenio contra la que procede el amparo directo y, por otra, respecto de la nulidad de una resolución o acto emitido por las autoridades en materia agraria impugnable en vía recurso de revisión, cualquiera de las partes debe agotar el recurso de revisión ante el Tribunal Superior Agrario, a que alude el artículo 198 de la Ley Agraria, aun cuando el tema no sea de su competencia originaria, ya que está obligado a pronunciarse sobre los agravios que pudieran hacerse valer contra todos los aspectos abordados en dicha sentencia para no dividir la continencia de la causa, y así su resolución tendría carácter de definitiva en términos del artículo 158 de la Ley de Amparo.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 45/2004. S.N.M. y otros. 5 de marzo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: J. de J.O. de la Peña. Secretaria: R.I.P.L..


Amparo directo 656/2004. P.S.O.. 10 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente...

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