Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 1 de Mayo de 2006 (Tesis num. XVI.2o.C.25 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 01-05-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.2o.C.25 C
Fecha de publicación01 Mayo 2006
Fecha01 Mayo 2006
Número de registro175094
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Si se reclama en un juicio de garantías la resolución que ordena el levantamiento de un embargo trabado dentro del juicio de origen, no puede considerarse que dicho acto haya quedado consumado de forma irreparable, ni mucho menos que la medida cautelar solicitada tenga efectos restitutorios, toda vez que los alcances de la medida suspensional son los de paralizar los actos de ejecución que derivarían de la resolución reclamada, es decir, impedir que se tilde la inscripción del que aparece en el Registro Público de la Propiedad. Además, tampoco puede estimarse que con su concesión se darían efectos restitutorios en favor de la promovente del amparo, ya que la finalidad de la suspensión es la de mantener las cosas...

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